
Una ordenanza fija plazos para que el Ejecutivo municipal responda los pedidos de informes. Una discusión sobre transparencia, control democrático y un principio que debe valer para todos: la información pública no pertenece al gobierno, sino a la comunidad.
GOBERNAR TAMBIÉN ES EXPLICAR.
Explicar qué se hizo, cuánto costó, por qué se tomó una decisión y qué resultados produjo. No como una concesión hacia quien pregunta, sino como una obligación frente a una comunidad que tiene derecho a conocer cómo se administran sus recursos y cómo funcionan sus instituciones.
La información pública importa porque detrás de cada expediente hay asuntos concretos: tasas municipales, servicios, cumplimiento de ordenanzas, obras, programas y decisiones que afectan la vida cotidiana.
Cuando una respuesta no llega, no queda pendiente solamente un trámite. Se debilita una de las condiciones necesarias para que exista control democrático.
QUINCE DÍAS PARA RESPONDER.
El Concejo Deliberante de Rauch aprobó una ordenanza que establece un plazo de quince días hábiles para que el Departamento Ejecutivo responda los pedidos de informes y las comunicaciones formuladas por el cuerpo legislativo.
La norma dispone que las respuestas deberán realizarse por escrito, de manera fundada y completa, atendiendo cada uno de los puntos solicitados y acompañando la documentación correspondiente cuando resulte necesario.
El régimen alcanza al Departamento Ejecutivo, las distintas áreas municipales y el Ente Descentralizado Hospital Municipal.
También contempla la posibilidad de solicitar una prórroga cuando la complejidad o el volumen de la información impidan responder dentro del plazo original. Esa extensión deberá ser pedida antes del vencimiento y debidamente fundamentada.
Si no hubiera respuesta, o si la información entregada fuera manifiestamente incompleta, evasiva o ajena a lo solicitado, el Concejo podrá citar al intendente o al funcionario responsable para que concurra a una sesión y brinde personalmente las explicaciones requeridas.
La ordenanza no parte de la idea de que toda demora sea necesariamente una maniobra deliberada. Puede haber pedidos complejos, información que deba reconstruirse o documentación que no esté inmediatamente disponible.
Pero obliga a responder. Incluso cuando la respuesta consista en explicar por qué hace falta más tiempo.
DOS MIRADAS SOBRE UN MISMO PROBLEMA.
Durante el debate, el concejal Alberto Martín, de Fuerza Patria, sostuvo que existen pedidos de informes que no fueron contestados formalmente o recibieron respuestas insuficientes. Mencionó consultas vinculadas con la tasa de alumbrado público, la tasa de guías y el cumplimiento de ordenanzas, entre ellas la relacionada con la presencia de productos locales en grandes supermercados.
Martín también reconoció que, en otros casos, los funcionarios brindaron información durante el trabajo en comisión y eso hizo innecesario llevar los proyectos al recinto.
Su argumento central quedó resumido en una frase:
“No podemos controlar lo que no vemos”.
Desde el oficialismo, la concejal Sandra Alonso rechazó que exista una política de obstrucción.
Destacó la concurrencia de funcionarios a las reuniones de comisión y defendió la predisposición del Municipio para responder las consultas de los concejales.
Alonso introdujo además una distinción importante: no disponer de determinada información no equivale necesariamente a querer ocultarla. 🤔
Las dos posiciones merecen ser consideradas. Una conversación con un funcionario puede resolver una inquietud y evitar trámites innecesarios. También puede suceder que cierta información todavía no exista, esté dispersa o demande tiempo para ser reunida.
Pero la buena predisposición y el diálogo informal no reemplazan completamente una respuesta institucional.
Las personas cambian. Las conversaciones no siempre quedan registradas. Los gobiernos terminan. Los expedientes, en cambio, construyen memoria pública y permiten conocer qué se preguntó, qué se respondió y quién asumió la responsabilidad por esa respuesta.
PREGUNTAR NO ES OBSTRUIR.
Un pedido de informes puede ser pertinente, innecesario, repetitivo, estar mal formulado o tener una evidente intención política. Ninguna de esas posibilidades debería impedir que reciba una respuesta.
Si la información ya fue publicada, se puede indicar dónde encontrarla. Si no existe, corresponde decirlo. Si contiene datos protegidos, debe explicarse qué parte no puede divulgarse y por qué. Si reunirla requiere más tiempo, puede solicitarse una prórroga.
Responder no significa aceptar la interpretación de quien pregunta. Tampoco supone reconocer que existe una irregularidad.
Significa reconocer que el Concejo tiene una función de control y que esa tarea necesita información.
En una columna anterior señalamos que el Concejo Deliberante no solamente legisla. También representa y controla. Estas funciones no pueden separarse:
para representar una demanda hay que conocerla; para legislar hace falta comprender el problema; para controlar es indispensable acceder a los actos del gobierno.
La actividad legislativa no termina cuando se aprueba una comunicación. También importa saber si fue respondida, cuándo, con qué documentación y qué ocurrió después.
CONTROLAR ENTRE ELECCIONES.
El politólogo argentino Guillermo O’Donnell utilizó el concepto de accountability horizontal para describir los controles que ejercen unas instituciones estatales sobre otras.
La democracia no consiste solamente en votar cada cierta cantidad de años. Entre una elección y la siguiente deben existir organismos con facultades para pedir explicaciones, revisar decisiones y señalar incumplimientos.
En el ámbito municipal, el Concejo Deliberante integra esa estructura de controles. No administra el Municipio, pero debe poder conocer cómo se lo administra. No reemplaza al Ejecutivo, pero tiene la responsabilidad de observarlo y requerirle información.
Ese control no debería entenderse como una molestia ni como una declaración de enemistad.
La ausencia de preguntas puede resultar cómoda para cualquier gobierno, pero no necesariamente mejora la calidad institucional.
Robert Dahl, al desarrollar el concepto de poliarquía, incluyó el acceso a fuentes alternativas de información entre las condiciones necesarias para el funcionamiento democrático.
No alcanza con que diferentes fuerzas puedan competir electoralmente. Los representantes y la sociedad necesitan información para formar opiniones, evaluar políticas y decidir con mayor libertad.
Sin información, el debate público se construye sobre versiones, sospechas o discursos imposibles de verificar.
EL ESPEJO DE PAMI.
La discusión local tiene un reflejo inmediato.
El bloque oficialista de Rauch reclamó públicamente información a PAMI sobre prestaciones, especialidades médicas, disponibilidad de turnos, derivaciones y condiciones de atención para las personas mayores del distrito.
El planteo es legítimo. Como señalamos en “PAMI. La información que importa”, conocer cómo funciona una institución pública resulta indispensable cuando sus decisiones inciden sobre derechos esenciales.
Ahora bien, el mismo criterio debe aplicarse en todas las direcciones.
Si el oficialismo local necesita respuestas de un organismo nacional para controlar su desempeño y representar a los vecinos, la oposición necesita respuestas del Ejecutivo municipal para cumplir esa misma función dentro de Rauch.
No es una cuestión partidaria. O no debería serlo.
La legitimidad del pedido no depende del color político de quien pregunta ni del gobierno al que se dirige. Depende de la existencia de una responsabilidad pública que debe poder ser conocida, explicada y evaluada.
Quien hoy reclama información puede ser quien mañana tenga que entregarla.
INFORMAR ANTES DE QUE PREGUNTEN.
La transparencia no debería depender exclusivamente de que alguien presente un pedido.
Una administración moderna puede publicar de manera periódica presupuestos, contrataciones, decretos, ejecución de obras, estadísticas, nóminas de funcionarios, cumplimiento de ordenanzas e indicadores de gestión.
Cuando la información se ofrece de manera completa, comprensible y oportuna, disminuyen los pedidos, se reducen las sospechas y mejora la discusión pública.
Publicar datos varios meses después también limita su utilidad. La información sirve para controlar cuando llega a tiempo.
La regla debería ser sencilla: toda información producida por el Estado es pública por principio, salvo las excepciones específicas previstas para proteger datos personales, investigaciones u otros derechos legítimos.
LA INFORMACIÓN NO PERTENECE AL GOBIERNO.
La ordenanza aprobada en Rauch puede contribuir a ordenar los pedidos y fijar responsabilidades. Su verdadero valor, sin embargo, dependerá de cómo sea aplicada.
Si se convierte en una rutina burocrática de preguntas extensas y respuestas vacías, habrá cambiado poco. Si permite obtener información fundada, completa y dentro de plazos razonables, fortalecerá al Concejo, al Ejecutivo y a la comunidad.
La información pública no pertenece al funcionario que la administra, al bloque que la solicita ni al partido que gobierna.
Pertenece a los vecinos.
Y aunque algunas preguntas incomoden, esa incomodidad forma parte de la democracia. Lo preocupante no es que alguien pregunte demasiado.
Lo preocupante es acostumbrarnos a que el Estado (municipal, provincial, nacional) no responda en tiempo y forma.