
Una vacante que ahora impulsa una reforma constitucional.
El cargo quedó vacante en agosto de 2023, tras la jubilación de Nelly Arotçarena. Aunque hubo una convocatoria y tres postulantes para cubrirlo, el proceso todavía no llegó a la conformación de una terna. Un proyecto presentado en la Legislatura bonaerense propone modificar el requisito de residencia para evitar que Rauch y otros municipios pequeños dependan durante años de soluciones provisorias.
El Juzgado de Paz de Rauch funciona. Recibe causas, interviene en conflictos y mantiene su estructura administrativa. Pero desde hace casi tres años lo hace sin un juez o una jueza titular.
La vacante se produjo el 1° de agosto de 2023, cuando Nelly Beatriz Arotçarena dejó el cargo para acogerse a la jubilación. Desde entonces, el procedimiento destinado a encontrar a su reemplazante avanzó por diferentes instancias, pero todavía no culminó.
La situación volvió a cobrar actualidad a partir de un proyecto presentado en la Cámara de Diputados bonaerense. La iniciativa propone reformar el artículo 173 de la Constitución provincial para flexibilizar uno de los requisitos exigidos a quienes aspiren a ocupar los Juzgados de Paz: acreditar dos años de residencia inmediata en el distrito donde deberán ejercer.
El argumento es sencillo: en algunos municipios pequeños no siempre existe una cantidad suficiente de profesionales que cumpla simultáneamente con las condiciones legales, apruebe las evaluaciones y esté dispuesto a postularse. Cuando eso sucede, los concursos se demoran, las ternas no se conforman y las vacantes pueden prolongarse durante años.
Rauch aparece mencionado expresamente entre esos casos.
UNA VACANTE QUE COMENZÓ EN 2023.
Los documentos del Consejo de la Magistratura permiten reconstruir el punto de partida. En julio de 2023, la Suprema Corte informó que Arotçarena había presentado su renuncia con fines jubilatorios a partir del 1° de agosto de aquel año.
A partir de entonces quedó abierto el proceso para cubrir el cargo.
En octubre de 2024 se reabrió la convocatoria para los Juzgados de Paz de General Lavalle, Punta Indio, Rauch, San Fernando, Saavedra, San Vicente y Tordillo. El 21 de noviembre de ese año, los aspirantes rindieron el examen correspondiente ante el Consejo de la Magistratura.
De acuerdo con la nómina oficial publicada por el Consejo de la Magistratura, tres aspirantes quedaron aprobados o habilitados para competir por el cargo: Juan Miguel Altieri, actual secretario del Juzgado de Paz de Rauch; María Valeria Landolfi; y Luciano Nicolás Martín. La existencia de tres candidatos permitiría, en principio, conformar la terna exigida para continuar el procedimiento de designación. Sin embargo, hasta el momento esa terna no aparece publicada entre las remitidas por el Consejo.
- Juan Miguel Altieri: aprobó el examen del 21 de noviembre de 2024. Actualmente es secretario del propio Juzgado de Paz de Rauch.
- María Valeria Landolfi: figura aprobada por una resolución anterior y habilitada para postularse por Rauch.
- Luciano Nicolás Martín: también figura aprobado por una resolución anterior y habilitado para la vacante de Rauch.
En mayo de este año, durante una visita a la ciudad, Luciano Capelli, entonces candidato a presidir el Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Azul, describió la situación como una problemática “bastante importante”. ABCHoy
Capelli señaló que existían postulantes, pero que todavía no se habían conformado las ternas. También atribuyó parte de la demora a la necesidad de poner en funcionamiento las comisiones legislativas encargadas de tratar los pliegos y aseguró que el Colegio realizaría gestiones para acelerar la cobertura.
La explicación permite advertir algo central: no se trata únicamente de conseguir candidatos.
La designación de un magistrado bonaerense atraviesa un procedimiento en el que intervienen el Consejo de la Magistratura, el Poder Ejecutivo y el Senado provincial. Una demora en cualquiera de esas etapas puede extender todo el proceso.
EL JUZGADO FUNCIONA, PERO EL CARGO SIGUE VACANTE.
La guía oficial de la Suprema Corte de Justicia bonaerense continúa mostrando al Juzgado de Paz de Rauch, ubicado en Bolívar 56, con el cargo de juez o jueza declarado como “vacante”.
La estructura publicada por la Corte está integrada por el secretario Juan Miguel Altieri y las auxiliares letradas Cintia Lorena Buduba y Cintia Vanesa Bobbiesi.
Por lo tanto, la vacancia no significa que el Juzgado esté cerrado ni que haya dejado de atender. La dependencia conserva personal y mecanismos para sostener su funcionamiento. Pero una solución administrativa o transitoria no equivale a la cobertura definitiva del cargo.
POR QUÉ IMPORTA EL JUZGADO DE PAZ.
La Justicia de Paz es, para los habitantes de los municipios del interior, la expresión más cercana del Poder Judicial.
Estos juzgados intervienen en asuntos civiles, sucesiones, conflictos familiares, cuestiones vecinales y medidas vinculadas con situaciones de violencia familiar. También pueden actuar en casos que requieren respuestas urgentes y afectan directamente la vida cotidiana de las personas.
Su existencia evita que los vecinos deban trasladarse a las ciudades cabeceras de los departamentos judiciales para realizar buena parte de esos trámites.
En el caso de Rauch, el distrito pertenece al Departamento Judicial de Azul. Sin un Juzgado de Paz local, muchas gestiones exigirían trasladarse cerca de cien kilómetros. Por eso, la discusión no se limita a quién ocupará un despacho: también involucra el acceso territorial a la Justicia.
EL REQUISITO QUE AHORA ESTÁ EN DISCUSIÓN.
El artículo 173 de la Constitución bonaerense establece que los jueces de Paz deben cumplir los mismos requisitos generales que los jueces de primera instancia. Pero agrega una condición particular: haber residido durante los dos años inmediatos anteriores en el lugar donde ejercerán sus funciones.
El diputado Ricardo Lissalde, integrante del bloque Fuerza Patria, presentó el expediente D-1981/26-27 para reformar parcialmente ese artículo.
La propuesta mantiene la residencia local como regla general, pero crea una excepción. Si no existieran por lo menos tres postulantes que cumplieran el requisito en el municipio correspondiente, podrían incorporarse profesionales residentes en otros distritos del mismo Departamento Judicial.
Para Rauch, eso significaría la posibilidad de considerar abogados radicados en otros municipios pertenecientes al Departamento Judicial de Azul.
El proyecto sostiene que el requisito territorial tuvo sentido en un momento en que el conocimiento directo de la comunidad era determinante para el funcionamiento de la Justicia de Paz. Pero advierte que, en la actualidad, su aplicación estricta puede reducir demasiado el universo de candidatos y terminar perjudicando aquello que buscaba proteger: la existencia de una Justicia cercana y estable.
RAUCH NO ES EL ÚNICO CASO.
La iniciativa menciona específicamente las dificultades registradas en Rauch, Tordillo, General Lavalle, Saavedra y Punta Indio.
Se trata de municipios pertenecientes a distintos departamentos judiciales, pero atravesados por un problema común: la dificultad para reunir suficientes profesionales que cumplan con la residencia exigida y permitan conformar las ternas.
La comparación permite sacar el tema de una lectura exclusivamente local. Rauch no enfrenta una situación aislada. Forma parte de una dificultad institucional que se repite en municipios pequeños y que expone las desigualdades territoriales del sistema judicial bonaerense.
En las ciudades con mayor población y una matrícula profesional numerosa, el requisito de residencia puede no representar un obstáculo. En los distritos pequeños, en cambio, la misma regla puede reducir significativamente las posibilidades de cubrir el cargo.
Una norma idéntica para toda la provincia produce, en los hechos, resultados diferentes según el territorio donde se aplica.
UNA REFORMA QUE NO OFRECE UNA SOLUCIÓN INMEDIATA.
El proyecto de Lissalde plantea una salida posible, pero su aprobación no será sencilla ni inmediata.
Como el requisito está incorporado en la Constitución bonaerense, no puede modificarse mediante una ley común. El artículo 206 establece que la declaración de necesidad de la reforma debe obtener el voto afirmativo de los dos tercios de la totalidad de los integrantes de ambas cámaras legislativas.
Luego deberá aplicarse el procedimiento constitucional correspondiente, que puede incluir una consulta al electorado o la convocatoria a una Convención Reformadora, según la modalidad que establezca la ley.
Por lo tanto, el proyecto recién inicia un recorrido político e institucional complejo. Actualmente cuenta con estado parlamentario desde el 11 de junio de 2026, pero todavía no fue aprobado.
Incluso si la reforma avanzara, tampoco reemplazaría el concurso actualmente abierto para Rauch. Su objetivo es modificar las reglas generales para evitar que situaciones similares vuelvan a repetirse o permanezcan bloqueadas por la falta de postulantes que cumplan la residencia exigida.
UNA INSTITUCIÓN QUE NO DEBERÍA NATURALIZAR LA PROVISIONALIDAD.
La vacante del Juzgado de Paz de Rauch no ocupa habitualmente el centro de la agenda política. No produce grandes enfrentamientos partidarios ni genera declaraciones cotidianas. Sin embargo, permite observar un problema concreto del funcionamiento estatal.
Desde agosto de 2023, una institución fundamental para el acceso local a la Justicia funciona sin magistrado titular. Hubo convocatoria, se presentaron postulantes y se tomó un examen. Aun así, casi tres años después, el proceso no llegó a una definición.
La reforma propuesta puede abrir una discusión necesaria sobre si las mismas exigencias producen resultados razonables en territorios profundamente diferentes. Pero no debería desplazar la pregunta inmediata:
Si existen tres postulantes y el concurso está en marcha, ¿por qué Rauch todavía no tiene juez o jueza de Paz titular?
La continuidad administrativa permite que una institución siga funcionando. Lo que no puede hacer es convertir indefinidamente una solución provisoria en su forma habitual de funcionamiento.
Fuentes consultadas.
Suprema Corte de Justicia bonaerense: guía del Departamento Judicial de Azul.
Consejo de la Magistratura: renuncia de la jueza Nelly Arotçarena.
Consejo de la Magistratura: reapertura de la convocatoria.
Consejo de la Magistratura: examen para los Juzgados de Paz.
Cámara de Diputados: expediente D-1981/26-27. Texto completo del proyecto de reforma. Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
Entrevista a Luciano Capelli publicada por ABChoy.