
Un proyecto de ordenanza presentado en el Honorable Concejo Deliberante de Rauch busca modificar la normativa vigente sobre la Fiesta Nacional del Ave de Raza, garantizando que los locales comerciales y gastronómicos debidamente habilitados puedan operar con normalidad durante las celebraciones.
Un proyecto de ordenanza iniciado por el concejal Alberto Manuel Martín, del bloque Fuerza Patria, y actualmente en análisis dentro de la Comisión de Higiene y Seguridad del Honorable Concejo Deliberante, propone reformar la reglamentación que rige sobre la Fiesta Nacional del Ave de Raza. La iniciativa busca modificar los artículos 2° y 3° de la Ordenanza N° 224/00 y sus texto modificatorios, con el propósito de poner fin a las restricciones comerciales que afectaban al comercio local durante los días del evento y adecuar la norma a las garantías de la Constitución Nacional y Provincial.
La regulación histórica establecía límites a la realización de espectáculos y actividades calificadas como «en competencia» con la agenda oficial organizada por la Asociación Civil Fiesta Nacional del Ave de Raza. Sin embargo, la fundamentación del nuevo proyecto señala que la promoción del festival no exige impedir el libre desarrollo de las actividades económicas lícitas que se realizan habitualmente en la ciudad. Por el contrario, destaca que los locales gastronómicos, culturales y recreativos complementan la oferta oficial, impulsan el turismo y favorecen el desarrollo económico de Rauch.
El proyecto introduce una distinción explícita entre los comercios permanentes y los eventos eventuales. De este modo, quedan expresamente exceptuados de cualquier restricción o prohibición los establecimientos comerciales, gastronómicos, recreativos y culturales que cuenten con habilitación municipal vigente, los cuales podrán funcionar normalmente dentro de los parámetros de sus respectivas licencias.
Por otra parte, las limitaciones transitorias se mantendrán únicamente para espectáculos públicos, bailes, festivales o recitales de carácter extraordinario organizados por particulares que coincidan de forma directa con la programación oficial. La norma aclara que esta restricción excepcional no responde a una prohibición de competencia económica, sino a la necesidad de ordenar el uso del espacio público y administrar eficientemente los recursos municipales de seguridad, tránsito y fiscalización en fechas de alta concurrencia.
Finalmente, la propuesta fija plazos organizativos estrictos: la Asociación Civil deberá presentar la programación oficial con una antelación mínima de 45 días al inicio de la fiesta, mientras que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá difundir los días y horarios exactos de aplicación de las restricciones con al menos 40 días de anticipación.
